La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) que revocó la negativa del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) a registrar a la asociación civil Unión Democrática por Tabasco como partido político local. En la sesión ordinaria del miércoles, los magistrados desestimaron los argumentos presentados por la agrupación y validaron la orden del tribunal local de efectuar un nuevo análisis del expediente. Como resultado, el IEPCT debe emitir una nueva resolución debidamente fundada y motivada.
La magistrada presidenta, Eva Barrientos Zepeda, señaló que Morena está legitimado para promover el medio de impugnación. En la ponencia se lee: “La ponencia propone desestimar los agravios de la asociación actora porque, contrario a lo que alega, Morena cuenta con interés difuso para impugnar actos relacionados con la constitución de las asociaciones como partido político local.”
Unión Democrática por Tabasco, por su parte, sostuvo que Morena no tenía interés jurídico para impugnar la resolución del IEPCT. La ponencia también menciona: “Por otro lado, si bien se reconoce que el agravio sobre la falta de competencia del Instituto Electoral local para ejercer acciones de fiscalización era de estudio preferente, lo cierto es que no existe impedimento para que la parte actora lo haga valer al controvertir la nueva determinación en cumplimiento del ejecutoria local.”
El Tribunal Electoral de Tabasco cometió, según el análisis de la Sala, un error metodológico al no estudiar primero el agravio sobre la supuesta falta de competencia del IEPCT, pero la Sala consideró que esa circunstancia no amerita revocar la sentencia. En la conclusión se propone “confirmar la sentencia impugnada”.
Con la confirmación de la Sala Regional Xalapa, el proceso de registro de Unión Democrática por Tabasco avanza, a la espera de la nueva resolución del IEPCT que deberá estar fundada y motivada conforme a lo ordenado por el TEPJF.